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Demanda por negación de paternidad en Polonia

¡Me acabo de enterar que no soy padre de mi hijo! ¿Qué puedo hacer?

Según el articulo 62 del código de familia y tutela polaco, si el hijo nació durante el matrimonio o dentro de los trescientos días posteriores a su terminación o anulación, se presume que proviene del esposo de la madre.

A veces sucede que una mujer o un hombre saben que la persona que ingresó como padre en el certificado de nacimiento del niño, no lo es. En la ley polaca hay un mecanismo llamado negación de la paternidad y sirve para cambiar este estado de cosas. En este procedimiento judicial, se puede demostrar efectivamente que la persona que esta inscrita en el certificado de nacimiento del niño, no es el padre.

Pero debemos tener en cuenta que no hay mucho tiempo para iniciar el procedimiento.

¿Cuál es la fecha límite?

El procedimiento de negación de paternidad se inicia dentro del plazo establecido por la ley. Cual es el termino será diferente para los padres y del niño.

Según la ley polaca:

El esposo de la madre puede hacer un llamamiento por negación de paternidad dentro del año a partir de la fecha en que se enteró que el niño no es suyo, pero a más tardar hasta que el niño alcance la mayoría de edad.

La madre puede hacer un llamamiento por negación de paternidad dentro del año a partir de la fecha en que se enteró que el niño no es de su marido actual, pero a más tardar hasta que el niño alcance la mayoría de edad.

Un niño puede hacer un llamamiento por la negación de la paternidad después de alcanzar la mayoría de edad, pero a más tardar un año después de alcanzar la mayoría de edad.

¿Qué puedo hacer cuando me retraso?

En la práctica, lamentablemente, hay situaciones en las que las partes no cumplen con estos plazos. Entonces, ¿qué puede hacer cuando su límite de tiempo para presentar una negación de paternidad haya pasado?

En la ley polaca hay una solución de esta situación. Puede solicitarla en la Oficina del Fiscal.
El código de familia y tutela polaco le permite al fiscal iniciar un procedimiento por negación de paternidad y no lo limita a este respecto con ningún límite de tiempo. Para que el fiscal comience a actuar, se debe cumplir una de las dos condiciones: el interés superior del niño o la protección del interés público.

Demostrar las premisas anteriores no debería ser particularmente difícil, porque se sabe que cada niño debe saber quién es su padre. Por lo tanto, la regulación legal correcta a este respecto está absolutamente en el concepto entendido como “el bienestar del niño”.

Sin embargo, es más importante convencer de manera creíble al Fiscal de que existen dudas justificadas sobre la paternidad de un hombre determinado, que se menciona en el certificado de nacimiento del niño. Luego, el fiscal siempre puede remitir a las partes a un examen ADN y, después de revisar los resultados, presentar una demanda en el caso.

¿Qué es la prueba ADN?

La prueba ADN permite con una probabilidad cercana a la certeza determinar la paternidad del niño. Este método también es utilizado por los tribunales que remiten a las partes de procedimiento para hacer pruebas a las instituciones médicas apropiadas. Después de la prueba de ADN y posiblemente otra evidencia en el caso, es posible dictar la sentencia.

Si la respuesta es negativa, el Tribunal puede dictar la sentencia en el que se negará la paternidad. Tal sentencia hace que el vínculo parental entre un hombre dado y un niño no exista. En consecuencia, tampoco hay derechos y obligaciones relacionados con la paternidad (responsabilidad parental, obligación de mantenimiento, etc.).

¿Cuánto tengo que pagar por hacer un llamamiento?

Según la ley de tasas judiciales en casos civiles, se cobra una tarifa judicial por un llamamiento por negación de paternidad de 200 PLN.

¿Tiene una duda legal? No lo piense más. Solicite su consulta legal.